A pesar de que había sido considerado coautor y no autor material, y de
que los querellantes nunca entregaron pruebas suficientes para situar al
Machi Celestino Córdova en el lugar, el Tribunal Oral en lo Penal
condenó en esta tarde a 18 años de presidio efectivo a la autoridad
espiritual mapuche por incendio con resultado de muerte del matrimonio
Luchsinger Mackay
Informativo Mapuexpress / Foto: @Wallmapuche
Tras
la sentencia establecida la semana pasada por el Tribunal Oral en lo
Penal de Temuco que absolvía al Machi Celestino Córdova del incendio en
el Fundo Santa Isabel, y lo consideraba culpable por incendio en el
Fundo Granja Lumahue, sin aplicar la Ley Antiterrorista, esta tarde el
tribunal dio su veredicto condenando por 18 años de presidio efectivo
-es decir, sin beneficios carcelarios- a la autoridad espiritual de
nuestro pueblo.
Antes,
la defensa ya había adelantado que recurriría de nulidad a la
sentencia, debido a la falta de pruebas que sitúen al Machi en el lugar,
y a que el Tribunal lo habría considerado como coautor y no como autor
material, es decir, lo consideró un cómplice y no como la persona que
inició el incendio que resultó en la muerte del matrimonio Luchsinger
Mackay. Luego del veredicto el abogado defensor Pablo Ortega señaló que
“una vez que leamos la sentencia completa, vamos a ver qué causales
vamos a recurrir en los tribunales superiores, tanto Corte de
Apelaciones de Temuco, como Corte Suprema. Eso será determinado solo una
vez que leamos la condena”.
Respecto
de la situación actual de la autoridad, tras recibir la condena, el
abogado señaló que “el Machi Celestino ha estado muy tranquilo durante
el desarrollo del juicio, nos ha señalado que está preparado y
cooperando para que se pueda saber la verdad. Tanto él como su defensa
estamos esperanzados de que en otras instancias conseguiremos la
absolución que es lo que consideramos que corresponde en este caso”.
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