INMINENTE
DESPOJO DE LA SEDE DE LA CONAIE NO CONTRIBUYE A FORTALECER LOS
COMPROMISOS DEL ECUADOR ANTE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL A FAVOR DE LOS
PUEBLOS INDÍGENAS Y LA NO DISCRIMINACIÓN
La
Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo
(PIDHDD Regional) expresa su preocupación por las consecuencias
sociales, políticas y jurídicas que generarían el acto administrativo
emanado desde el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), en
detrimento de los derechos e intereses de la Confederación de
Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), una de las más
importantes organizaciones indígenas del país y la región.
La
resolución Nº 0196, de diciembre 11 del 2014, suscrita por el
Coordinador General Administrativo Financiero del MIES, da por terminado
el Convenio de Comodato entre la CONAIE y el Ministerio de Bienestar
Social (hoy MIES), mediante el cual se entregó a esta organización
indígena en comodato gratuito un inmueble de propiedad del Estado
ubicado en la Av. Granados y Av. 6 de Diciembre, en la ciudad de Quito.
Este convenio se encontraba vigente hasta el año 2021.
La
PIDHDD reconoce el esfuerzo del Estado ecuatoriano de tomar medidas a
favor de “los jóvenes sin referente familiar, que han superado la etapa
de crisis por desintoxicación en las ciudades de Guayaquil y Quito”, y
que ello haya dado inicio a un proceso de identificación de la
infraestructura adecuada para el funcionamiento de cuatro casas para el
propósito señalado, mencionado en trece (13) de los dieciocho (18)
considerandos del acto administrativo que ha llamado la atención de esta
organización regional de derechos humanos.
No
obstante, la PIDHDD reitera su preocupación por el argumento expresado
en el considerando décimo séptimo en el que se asevera “que la
utilización del predio no corresponde a los fines propios del servicio
público” y que tomando en cuenta “el interés superior de los niños,
niñas y adolescentes, y en cumplimiento de las políticas y estrategias
nacionales de lucha contra la droga” el MIES determina que “es una
necesidad institucional urgente contar con el predio entregado en
Comodato”.
Esta
postura, a juicio de la PIDHDD, evidencia una contradicción entre la
argumentación estatal que pretende dar por terminado el convenio de
comodato y la trayectoria de esta organización indígena en la defensa de
la niñez, adolescencia y juventud indígena.
Para
la PIDHDD, por un lado, se desconoce que la CONAIE, sus organizaciones
filiales y sus dirigentes, en ejercicio de sus derechos, han venido
durante años promoviendo y defendiendo los derechos de los niños, niñas,
adolescentes y jóvenes indígenas, en innumerables casos con asistencia
técnica de organismos internacionales, como el Fondo de las Naciones
Unidas para la Infancia (UNICEF), como un aporte sustantivo a la
formulación y aplicación de políticas públicas a favor de la infancia,
adolescencia y juventud en el país. Y, por otro lado, se afirma que la
utilización de ese inmueble no corresponde a los fines del servicio
público, entre ellos, “equidad, igualdad, participación, solidaridad y
universalidad que promuevan la interculturalidad, igualdad y no
discriminación” (Art. 1 de la Ley Orgánica del Servicio Público).
La
PIDHDD considera que este tipo de actos administrativos que son
contrarios a los principios y las normas constitucionales y, además, a
los propios compromisos que el Estado ecuatoriano ha asumido ante la
comunidad internacional, como “la promulgación de una normativa para el
combate a la discriminación por razones de etnia” (Examen Periódico
Universal, Octavo Período de Sesiones, Compromisos Voluntarios del
Estado ecuatoriano), deben reverse como una demostración de coherencia
política y jurídica con la Constitución de la República y los postulados
y las tesis gubernamentales a favor del principio de igualdad y la no
discriminación.
La
PIDHDD ofrece sus buenos oficios con el objeto de encontrar una salida
viable que no vulnere los intereses y los derechos en conflicto.
Pablo A. de la Vega M.
Coordinador Regional