Procesos e
infracciones. En medio de una institucionalidad ambiental cada vez más
debilitada, hay empresas con mayor cantidad de resoluciones de sanción y
procesos pendientes por haber incurrido en faltas en esta área. Además, un
grupo de empresas mineras buscan afectar la fiscalización a través de distintas
demandas. Lo curioso es que la mayoría de ellas también han sido sancionadas
por incumplir la normativa ambiental.
Dánae Rivadeneyra
Utero.pe
Utero.pe
Es cuestión de sentido común.
Durante su trabajo habitual, las empresas mineras tienen permitido emitir
cierto porcentaje de elementos químicos (plomo, arsénico, zinc, etc.) en cantidades
mínimas que no afecten ni a las personas ni al ambiente que los rodea.
Pero el sentido común no es
suficiente. Se necesita un instrumento que sirva para medir este porcentaje.
Ese instrumento, en nuestro país, es el Límite Máximo Permisible (LMP). Sin
embargo, a la luz de información obtenida por el Organismo de Evaluación y
Fiscalización Ambiental (OEFA), se ha podido comprobar que la mayoría de
empresas incumplen y exceden los LMP.
Este exceso del LMP es solo
una de las muchas faltas en las que distintas empresas han incurrido, según las
resoluciones de sanción por incumplimientos detectados por el OEFA. En total,
se trata de 363 empresas de los más diversos sectores. Quienes se disputan la
mayor cantidad de sanciones son las empresas del sector minero y de
hidrocarburos.
Esta información, de carácter
público, se encuentra almacenada en el Registro de Actos Administrativos del
OEFA.
Sin embargo nunca había sido ordenada de manera tal que pudiera otorgar
un panorama general del cumplimiento y la fiscalización ambiental en el Perú.
De acuerdo con el registro del Tribunal de Fiscalización Ambiental (TFA) del
OEFA –la última instancia administrativa–, actualizado hasta el 15 de octubre
del 2014, la empresa minera Volcan es la que tiene el mayor número de
resoluciones de sanción. En total, 34.
En segundo lugar aparece
Pluspetrol Norte, con 15 resoluciones firmes. Luego, la Compañía Minera Ares
con 14 resoluciones. En cuarto lugar empatan Doe Run Perú, Petroperú y Santa
Luisa con 11 sanciones. En quinto lugar, la empresa Minera Los Quenuales y
Raura S.A. con 10 sanciones (Ver cuadro).
La mayoría de sanciones se debe a la falta consistente en no brindar información (212 veces). La segunda más recurrente tiene que ver con el LMP: incumplimiento del LMP en efluentes. En total esta falta se repite 184 veces. Le siguen el Incumplimiento de Normas de Protección Ambiental (168 veces) e Incumplimiento del Instrumento de Gestión Ambiental (138).
SIN LÍMITES
Exceder los LMP no es otra
cosa que emitir una cantidad de gases superior a lo establecido, ya sea en
cuerpos de agua o en superficies terrestres. Por ejemplo, en el caso de Volcan,
el incumplimiento de los LMP se ha repetido 26 veces a lo largo de los últimos
cuatro años. Pero, tal vez, lo más preocupante es que, en varios casos, esta
falta se ha cometido en los mismos lugares.
Seis de los incumplimientos se han producido sobre la misma unidad minera, en Carahuacra, Junín; cinco en Cerro de Pasco; cinco en Andaychagua, Junín; cinco en San Cristóbal, Junín; cuatro en Ticlio; y uno en San Cristóbal en Cajamarca.
Al respecto, César Ipenza,
especialista en temas ambientales y mineros, señala que una falta ambiental que
se produce de manera repetitiva y sobre el mismo lugar debería llamar la
atención del organismo fiscalizador, o sea el OEFA, y tal vez llevarlos a
evaluar la calidad del aire del lugar impactado.
–Eso debería encender las
alarmas porque se estaría hablando de un mismo lugar que recibe la misma
presión –explica Ipenza–. Por algo se ponen los límites, no vas a estar
superándolos todo el rato. Las empresas han asumido cumplir con esos
estándares, si no los pueden cumplir es porque no están haciendo bien su
trabajo o sus equipos no están funcionando correctamente.
En algunas de las resoluciones de la Dirección de Sanción y Fiscalización del
OEFA, Volcan se defiende señalando que el exceso no ha producido un daño
ambiental y que, por tanto, no deberían ser objetos de sanción. Sin embargo,
Carol Mora, especialista de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA),
puntualiza:
–Por más que se trate de un
exceso mínimo, desde el punto de vista ambiental, cuando estos efectos se ven
de manera acumulada, se puede ver la presión y el impacto sobre determinada
zona –señala–. No puede haber excepciones.
Además, Sandra Rossi,
procuradora del OEFA, explica que “la última instancia, que es la Corte Suprema
de Justicia, ya ha establecido que el incumplimiento del LMP causa daño en el
ambiente”.
Nos contactamos con
representantes de Volcan para obtener, directamente, su versión. No obtuvimos
respuesta.
EL INCUMPLIMIENTO ES NORMA
El exceso de LMP no es la
única falta. Veamos el caso de la empresa de hidrocarburos Pluspetrol Norte,
que ocupa el segundo puesto con 15 resoluciones de sanción del Tribunal
Forestal del OEFA.
En esta empresa –cuya
concesión sobre el lote 8 se extiende hasta el año 2025 y aquella sobre el lote
1AB, hasta agosto del próximo año–, la mayor cantidad de faltas se debe al
incumplimiento de las normas de protección ambiental. Por esto tiene seis
resoluciones de sanción. Aquí, llama la atención que cuatro de estas faltas se
hayan producido sobre la misma unidad ambiental: el Lote 1AB.
Uno de los últimos casos más
emblemáticos de Pluspetrol Norte fue el derrame de petróleo en la Laguna
Shanshococha, que originó una masiva movilización de las comunidades quechuas
de la cuenca del río Pastaza, al norte de Loreto.
Consultada al respecto, Pluspetrol nos alcanzó una carta de respuesta:
“Es importante recalcar que en
ninguno de los casos citados, se ha sancionado a la empresa por afectaciones al
medio ambiente. Pluspetrol es la operadora de hidrocarburos más grande del
Perú, que produce el 39% del petróleo y el 95% del gas del país. De esta
manera, no es de extrañar que tengamos procesos abiertos donde las autoridades
comprueban la eficiencia de nuestras operaciones”.
Pero esto no es lo único.
Pluspetrol Perú Corporation, la otra empresa del grupo, tiene 5 resoluciones de
sanción, aparte de las 15 de Pluspetrol Norte. En su caso, la falta más
recurrente es el incumplimiento del Instrumento de Gestión Ambiental, que se
repite tres veces, seguido del incumplimiento de las normas de protección
ambiental, que figura dos veces.
Los casos de Volcan y Pluspetrol no son únicos. Algunas de las más importantes empresas de minería e hidrocarburos como Los Quenuales de la Corporación Glencore Perú o incluso Petroperú –que no pertenece al sector privado– figuran en el top del ranking. Esto llama la atención sobre todo cuando, como señala Ipenza, se está experimentando algo muy similar a un debilitamiento en la legislación.
–En este país todo puede pasar –dice el especialista–. Esto ya ha ocurrido antes, cuando el Ministerio del Ambiente redujo los estándares de calidad de aire (ECA) y terminó favoreciendo a Southern y Doe Run.
Por cierto, Doe Run Perú –que
se encuentra en un proceso de liquidación– tiene 11 resoluciones de sanción. En
su caso, el incumplimiento del Instrumento de Gestión Ambiental es el que más
se repite: 4 veces.
No obstante, aquí no acaba
todo. Si las empresas no están de acuerdo con las sanciones (multa incluida)
impuestas por el Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA, pueden recurrir
al Poder Judicial para apelar esta decisión. Pero ese es otro cantar.
CONTRA EL APORTE POR
REGULACIÓN
En junio del 2014, un grupo de
empresas mineras demandó al OEFA ante Indecopi y el Poder Judicial para evitar
pagar el aporte por regulación (APR). Este concepto, que recién se empezó a
cobrar a partir del año pasado, para el sector minero, es un mecanismo novedoso
que, de acuerdo a estimados del OEFA, debe generar S/. 42 millones para
implementar las acciones de fiscalización y que estas se puedan realizar de
manera constante e imprevista. Es decir, fortalecer esta función.
Las mineras decidieron atacar
en tres frentes: cuatro lo hicieron ante Indecopi, 32 presentaron acciones de
amparo cuestionando la legalidad del APR (10 de estas acciones ya fueron
desestimadas por el Poder Judicial), y, además, la Sociedad Nacional de Minería
Petróleo y Energía (SNMPE) presentó una acción popular también cuestionando el
aporte.
Una carta de la Defensoría del
Pueblo expresó, en su momento, la preocupación por este posible recorte de
presupuesto. Sin embargo, hace unos meses, Indecopi falló a favor de las cuatro
mineras. El proceso continúa y será la Sala de Defensa de la Competencia quien
tome la decisión final.
–El objetivo es ponerle trabas
a la fiscalización–, dice Sandra Rossi, procuradora pública del OEFA.
De acuerdo a información
consensuada por la Dirección de Fiscalización, Sanción e Incentivos, y el
Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA, actualizado hasta el 30 de
octubre del 2014, 32 de las 36 empresas mineras que cuestionan el APR han sido
sancionadas al menos una vez por haber incurrido en faltas ambientales. Además,
dos de las mineras que demandaron al OEFA ante Indecopi –la minera Caudalosa y
Sociedad Minera Corona– se encuentran entre las diez primeras con más
sanciones.
El resto de empresas también tienen un historial de
incumplimientos.
La empresa Pan American Silver
S.A., de la Mina Quiruvilca, ocupa el primer lugar de la lista de empresas
demandantes, con 22 sanciones firmes ¿Los motivos? Haber excedido los Límites
Máximos Permisibles en efluentes, no haber cumplido con las recomendaciones de
la supervisión, verter directamente al ambiente, sin tratamiento previo, el
efluente producido por el lavado de vehículos menores que contienen
hidrocarburos, aceites y grasas, etc.
Le sigue la compañía Minera
Ares con 19 sanciones firmes también por haber excedido los LMP, no haber
impedido que se efectúen derrames de concentrado en el suelo natural del
sector, entre otras faltas. En tercer lugar se encuentra Buenaventura con 18
sanciones firmes, otra vez, por haber excedido los LMP en efluentes, “por no
haber evitado la dispersión por acción eólica del relave procedente del
Depósito de relave”.
Esta información, más allá
de acusaciones contra las empresas sancionadas, debiera ayudarnos a ver
el panorama completo de cómo es que viene funcionando la fiscalización
ambiental en el Perú, y cómo es que las empresas extractivas responden ante
ella.
Queda claro que ante un alto número de faltas ambientales, daños potenciales y reales, urge que la función de control y fiscalización del sector ambiental se fortalezca.
(Investigación
realizada gracias al fondo periodístico de la SPDA y CDKN).