La Fiscalía de Estado y el Ministerio de Justicia hicieron lugar –a través de sendos dictámenes- al planteo de una persona transexual que hizo el reclamo por la vía administrativa. El Gobernador firmará un decreto que luego deberá ser homologado judicialmente. La provincia se pone al frente en materia de reivindicación de derechos de colectivos sexuales históricamente postergados.
Santa Fe está a un paso de transformarse en la primera provincia que - de forma categórica y contundente - acompaña y empuja como Estado el reclamo de una persona transexual que solicitó, por los carrilles administrativos, la rectificación de la partida de nacimiento y el cambio de nombre en el DNI.
Alejandra Selenia Victoria Ironici, nacida en la ciudad de Tostado hace 34 años (e inscripta como Víctor Alejandro Ironici), está muy cerca de lograr que se haga lugar a su petición, aunque aún resta conocer la opinión que el Registro Civil tiene sobre el dictamen del Fiscal de Estado que recomendó hoy al Gobernador la firma de un Decreto que le de más fuerza al planteo. Si nadie se opone, no debería ser un impedimento que la justicia civil en Santa Fe haga realidad, más que un reclamo, un sueño que abriga a un colectivo de minorias sexuales excluídos por la legisalción vigente.
“Siendo este planteo novedoso, a fin de asegurar la identidad de la peticionante, recomiendo prudencialmente acudir a los órganos judiciales a fin de que éstos homologuen las órdenes ejecutivas que el Poder Ejecutivo emita en las que instruya a la Dirección Provincial del Registro Civil a tomar nota de los cambios solicitados en tanto éstos reúnan las condiciones de fondo que se vayan estableciendo y se mantenga el actual status quo en la legislación nacional”, señala en un dictamen impecable y profusamente documentado el Fiscal de Estado Jorge Barraguirre.
“Alejandra ha desarrollado desde temprana edad, de manera constante, una identificación de tipo femenino a pesar de haber sido registrada bajo el sexo masculino y esta disonancia ha redundado en persistentes situaciones de discriminación y exclusión laboral y social”, destaca el dictamen, que basa este punto en las testimoniales producidas por la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia que, en un claro ejemplo de eso informó: “En el año 2001 comenzó a trabajar en un taller de costura, hasta marzo del año 2009 donde fue despedida por su condición sexual, ya que los dueños del taller decían que los vecinos del lugar habían visto ingresar desde sus comienzos una persona de sexo masculino y que ahora estaba travestida de mujer”.
Otro de los elementos clave tenidos en cuenta para revisar el real efecto de las leyes vigentes fue la distinción que hizo el Fiscal a la hora de hablar de la ley de “nombre”, y no de sexo o género. “Si bien ambas problemáticas están relacionadas directamente, no son homólogas. La identidad de género antecede y trasciende a la temática de la denominación de las personas en general", señala.
Un largo camino, muchacha
El dictamen del Fiscal incorpora jurisprudencia y opiniones diversas, como la de Simone de Beauvoir que en su lilbro “El Segundo Sexo” ofreció una documentada investigación para fundar que “no se nace mujer: se llega a serlo. Ningún destino biológico, psíquico o económico define la figura que reviste en el seno de la sociedad la hembra humana; es el conjunto de la civilización el que elabora este producto intermedio entre el macho y el castrado al que se califica de femenino. Únicamente la mediación de otro puede constituir a un individuo como otro”.
El Fiscal de Estado trabajó mucho en la idea de pivotear sobre el principio jurídico de la autonomía personal, receptado en el artículo 7 de la Constitución provincial y en el 19 de la Constitución Nacional. “Este principio manda asegurar las condiciones para el desenvolvimiento significativo de un plan de vida personal, sin interferencia estatal en todo lo que se circunscribe a la esfera de auto-referencia del sujeto y que, por tanto, queda fuera del ámbito de la moralidad intersubjetiva”.
El primer paso de Ironici comenzó con una nota dirigida a la Secretaría de Derechos Humanos en la que pidió a la dependencia acompañamiento para tramitar un proceso judicial para la obtención de la rectificación de su partida de nacimiento y documento nacional de identidad. La reclamante intentó el cambio por la vía administrativa ante el Departamento Identificaciones de la Dirección General del Registro Civil e Inspección de Justicia de Circuito y Comunal de la Provincia, pero el organismo se declaró incompetente para resolver la solicitud de adecuación de “su identificación a su nombre de género”.
La eficaz intervención de la Secretaria de Derechos Humanos
La Secretaría de Derechos Humanos agregó al expediente formado en esa jurisdicción estudios médicos y psicológicos, además de incorporar testimonios de profesionales del hospital provincial J.B Iturraspe, de la ciudad de Santa Fe.
El dictamen 01/2011 de la Secretaría actuante en primera instancia concluyó que: “los derechos humanos constitucionalmente protegidos de la solicitante se encuentran vulnerados y que en consecuencia se debía hacer lugar a l pedido rectificándose su partida de nacimiento y la correspondiente emisión de un nuevo Documento Nacional de Identidad”
Además destaca que “a efectos de no vulnerar derechos de terceros es aconsejable que la rectificación de la partida se realice bajo anotación marginal y que el nuevo D.N.I. conserve el número actual. Finalmente destaca que “a petición de la interesada, correspondería proceder de igual modo con el padrón electoral y certificados y/o títulos de estudios cursados...”, requiriendo previa intervención de esta Asesoría Letrada Jurisdicción y de Fiscalía de Estado.
Para refuerzo, se recuerda en el dictamen un fallo de la justicia civil de primera instancia de Mar del Plata donde el juez aclara que “no se juzga la posibilidad de elegir libremente un sexo, sino la de adaptar la situación fáctico registral al pretenso sexo real del justiciable” y que a partir de los elementos probatorios colectados se adquiere plena convicción “...a través de las reglas de la sana crítica que el reclamante, a la fecha resulta ser una persona de sexo femenino en todas la áreas , con las limitaciones propias de la reasignación de sexo...”.
La asesoría letrada del ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe señala que la Constitución santafesina pone en obligación del Estado remover los obstáculos de orden económico y social que, limitando de hecho la igualdad y la libertad de los individuos, impidan el libre desarrollo de la persona humana y la efectiva participación de todos en la vida política, económica y social de la comunidad. Por ello –dice el dictamen de Jurídicas del ministerio de Justicia santafesino – “si una persona al construir su autobiografía realiza una determinada opción sobre su identidad sexual, esta decisión pertenece a ese ámbito de derecho infranqueable al Estado y a los particulares, que es la libertad de intimidad”. Termina su opinión sobre el caso con una declaración de pura democracia: “podrá molestar a algunos, escandalizar a otros, pero no existen razones jurídicas que permitan alguna clase de intromisión u obstrucción en el ejercicio del derecho a ser uno mismo sin causar un daño directo e inmediato a terceros”.
El deber del Estado
Entre las conclusiones del Fiscal Barraguirre se señala que “la Administración Pública tiene el deber de actuar —ayudando, socorriendo o aliviando el dolor de las personas— cuando considere (como en este caso) que esa eminente dignidad peligra. Esto resulta aún más intenso en el presente caso cuando pareciera que nos estamos prevaliendo de un excesivo rigor formal en materia”. Del mismo modo, recomienda acudir a la Justicia para que se homologuen las órdenes del Poder Ejecutivo en las que instruya a la Dirección del Registro civil a tomar nota de los cambios solicitados.
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