Agua Noticias. Hoy, miércoles 30 de noviembre, la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, declaró en firme la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo, que anula la concesión otorgada a la empresa canadiense Infinito Gold; así como el decreto emitido por el expresidente Oscar Arias que declaraba a esta minera como de interés público y conveniencia nacional.
Además, el Estado y la empresa minera deberán pagar el daño ambiental causado por la tala indiscriminada de más de 60 hectáreas de bosque primario en la Zona Norte de Costa Rica; y se ordena al Ministerio Público investigar la eventual responsabilidad penal del ex presidente Oscar Arias, de su ministro de ambiente Roberto Dobles, así como de otros posibles responsables.
La noticia ha sido recibida con júbilo y satisfacción por la población costarricense, de la cual un 90 % había ya manifestado su oposición al proyecto.
Manifestaciones, marchas, caminatas, la huelga de hambre más larga de la historia de Costa Rica, conciertos, debates, páneles de discusión, conferencias, así como campañas de radio, televisión y en medios alternativos, fueron las distintas expresiones a través de las cuales las organizaciones sociales y ambientales de Costa Rica desarrollaron esta jornada patriótica.
La Red Centroamericana de Acción del Agua- FANCA- muchas de cuyas de sus organizaciones estuvieron liderando y participando activamente en la campaña contra el proyecto, celebra la decisión de la Sala Primera y reconoce que es un avance para la institucionalidad del país, la cual se vio amenazada por hechos que aún se investigan, relacionados con la filtración de un borrador de la sentencia, semanas antes de conocerse el fallo; así como por otras irregularidades y posibles hechos de corrupción aún bajo investigación.
El siguiente es el comunicado oficial del Poder Judicial:
“En los procesos de conocimiento acumulados establecidos por Asociación Preservacioncita de Flora y Fauna y Jorge Lobo Segura contra Industrias Infinito S.A. (IISA), el Estado y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), el Tribunal Contencioso Administrativo declaró con lugar parcialmente las demandas, de manera que
A) declaró nulo:
1) La resolución 3638-2005-SETENA (otorgó viabilidad ambiental)
2) El acto 170-2008-SETENA (aprobó modificación al proyecto minero)
3) La resolución R-217-2008-MINAE (otorgó la concesión)
4) El Decreto Ejecutivo 34801-MINAET (declaró de interés público y conveniencia nacional el proyecto)
5) El acto 244-2008-SCH (autorizó el cambio de uso de suelo)
B) Ordenó al Registro Nacional Minero cancelar la concesión a favor de IISA
C) Ordenó comunicar el fallo a:
1) Ministerio de Hacienda, al Área de Servicios Públicos Generales y Ambientales de la Contraloría General de la República, al Área de derecho Agrario-Ambiental de la Procuraduría General de la República y a la Defensoría de los Habitantes para lo de sus cargos
2) El Minaet para iniciar los procedimientos administrativos correspondientes en contra de Eduardo Murillo Marchena, José Francisco Castro Muñoz y Cynthia Cavallini Chinchilla
3) Al Ministerio Público a fin de que inicie investigación para que determine si es procedente o no seguir causa penal contra Óscar Arias Sánchez, Roberto Dobles Mora, Sonia Espinoza Valverde, Eduardo Murillo Marchena, José francisco Castro Muñoz, Cynthia Cavallini Chinchilla, Sandra Arredondo Li y Arnoldo Rudín Arias
4) A la fiscalía del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, a fin de investigar el comportamiento del agremiado Sergio Artavia Barrantes durante el proceso
D) Condenó a la parte demandada al reconocimiento de las costas del proceso.
Contra ese fallo presentaron recursos de casación IISA, el Sinac, el Estado, la coadyuvante pasiva Asociación Solidarista de Empleados de Industrias Infinito S.A., así como el Instituto Latinoamericano de los Derechos Humanos y Paz Social S.A. y los señores Sonia Espinoza Valverde y Eduardo Murillo Marchena; José Francisco Castro Muñoz y Cynthia Cavallini Chinchilla, Sandra Arredondo Li y Arnoldo Rudín Arias, impugnando distintos pronunciamientos.
En sentencia n.° 1469 de las 9 horas del 30 de noviembre de 2011, la Sala Primera declaró sin lugar los recursos de casación.
Lo anterior significa que el fallo del Tribunal se mantiene firme.”
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