José Antonio Figueroa
La comunidad cobra un renovado vigor en las actuales condiciones del país, cuando la Constitución otorga un lugar central a la economía solidaria en la cual la producción y distribución comunitaria ocupa un lugar determinante. Esta puede ser una vía de controlar la concentración y el monopolio que siguen dominando la economía del país.
La visibilidad de las economías solidarias en la nueva Constitución ecuatoriana se debe principalmente al papel protagónico que ha tenido el movimiento indígena en las últimas décadas y al papel político que tiene la comunidad dentro de estos movimientos. En la Constitución nacional por primera vez se habla de derechos colectivos, dando un igual grado de importancia a los derechos de los individuos y de las comunidades.
El capítulo 4 de la Constitución está dedicado a los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades, a las que se les reconoce como entes autónomos del Estado con una gama de derechos que van desde aspectos identitarios y culturales hasta la conservación de tierras comunales que se definen como inembargables, inalienables e indivisibles. El artículo 61 reconoce la propiedad colectiva de la tierra.
Las comunidades son claves en el capítulo de la Constitución dedicado a la soberanía económica. El sistema económico incluye las formas de organización económica pública, privada, mixta, popular y solidaria.
Sin embargo, el escenario actual es contradictorio: las comunidades cumplen un importante papel como referente de opciones políticas y económicas de tipo post-neoliberal, pero al tiempo sufren un gran deterioro interno, vinculado al desplazamiento del campesinado hacia las ciudades y a las transformaciones.
La historia de la izquierda respecto a las comunidades también es contradictoria y conflictiva. Los utopistas rusos del siglo XIX concebían la vida campesina como referente ideal contra el capitalismo, pero se chocaron con una realidad de unos campesinos que querían disfrutar de las transformaciones que se producían por la modernidad.
La comunalización fue un trauma en la historia del socialismo real en el siglo XX. En las actuales condiciones parecería que lo mejor es generar una discusión política amplia sobre los mecanismos de implementación de las comunidades, tomando en consideración al mayor número posible de actores sociales. La comunidad es una opción política que conviene en determinados momentos, no una forma de vida inherente a ningún estamento.
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